Ayuntamiento de isuerre · Zaragoza

Subvención gastos notaria y registro a jóvenes (primera vivienda)

Próxima (según la BDNS)abre el 30/09/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
14 de octubre de 2026 (puede ser algún día más tarde según los festivos locales)

Este plazo sale de las fechas que el organismo registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones; no lo hemos podido confirmar en el texto del extracto oficial.

Quién puede pedirla

Particulares

Podrán acogerse a esta convocatoria de ayudas las personas físicas de edades comprendidas entre los 18 y los 39 años que hayan adquirido o vayan a adquirir su primera vivienda en el periodo comprendido desde el 16 de diciembre de 2025 hasta el 15 de diciembre de 2026.

Para poder optar a las ayudas que regulan las presentes bases se requiere:

Ser español o extranjero con residencia legal en España: Los extranjeros que residan en Isuerre podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, o legislación aplicable en cada momento y los requisitos establecidos en la presente norma.

Estar empadronado en el municipio de Isuerre, al menos desde el momento mismo de presentar la solicitud de ayuda, teniendo la obligación de mantener el domicilio habitual, fiscal y empadronamiento durante los 5 años siguientes a la adquisición de la vivienda. El control posterior del mantenimiento de este requisito se realizará de oficio por el Ayuntamiento.

Tener entre 18 y 39 años, ambos incluidos, en el momento de la suscripción de la escritura pública. Las escrituras deberán estar suscritas entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de diciembre de 2026 y responder a adquisiciones realizadas dentro de dicho período.

Tratarse de la adquisición de su primera vivienda y destinarse a vivienda habitual y permanente de sus adquirentes.

No ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda.

No estar incursos en ninguna de las prohibiciones que señala el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán ser cumplidos al menos por uno de los titulares de la vivienda. Cuando uno de los adquirentes no cumpla con alguno de los requisitos señalados, se procederá a la concesión del 50% de la ayuda que pudiese corresponder SIEMPRE Y CUANDO, en todo caso, uno de ellos cumpla todos y cada uno de los mismos.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Zaragoza el 29/09/2026

Cuánto se da

La cuantía por solicitante no figura en los datos de la BDNS: consulta las bases oficiales.

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.000 €.

Para qué es

Gastos de notaría y registro a jóvenes (entre 18 y 39 años), que adquieran su primera vivienda en el municipio de Isuerre, incentivando así el asentamiento de la población joven.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Zaragoza el 29/09/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

La forma de presentar la solicitud se indica en la convocatoria oficial.

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
ISUERRE
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ISUERRE
Ámbito
Zaragoza

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Datos actualizados el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.