Ayuntamiento de zaragoza · Zaragoza

Convocatoria y bases que rigen las ayudas para el pago de alquiler o hipoteca de vivienda a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres (violencia ejercida por su pareja o ex-pareja de acuerdo a la ley 1/2004), año 2026

Abiertahasta el 30/09/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de septiembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en estas bases las mujeres víctimas de violencia (violencia ejercida por su pareja o ex-pareja), de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que acrediten la vigencia de la situación de violencia según establece la Ley Orgánica 1/2004, a fecha de solicitud de la ayuda de acuerdo con lo dispuesto en la Base Quinta, y que cumplan durante el periodo en el que solicita la ayuda, ya sea por todo el ejercicio 2026 o un número de meses concretos, además de los requisitos generales establecidos en el artículo 11 de la Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y de su Sector Público, los demás requisitos previstos en las bases.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Zaragoza el 24/07/2026

Cuánto se da

La presente convocatoria se cifra en un presupuesto de 240.000,00 ? para el ejercicio 2026, que será atendido con cargo a la aplicación presupuestaria 2026-IGL-2317-48903 ?AYUDAS ATENCIÓN VÍCTIMAS VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTRAFAMILIAR?, del Presupuesto General Municipal para el año 2026, documento contable de retención de crédito núm. 261176.

Mediante la presente convocatoria se financia hasta el 100% del importe que la solicitante deba satisfacer para el pago de rentas arrendaticias o cuotas hipotecarias devengadas entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, y abonadas con anterioridad al fin del plazo de justificación (31 de diciembre de 2026), salvo, en este último caso, que a fecha 31 de diciembre de 2026, fuese necesario el recibo del mes de diciembre de 2026 para poder justificar el importe máximo de la ayuda, en cuyo caso será hasta el 10 de enero de 2027; y con el límite máximo de 3.000 ?, no pudiendo sobrepasar la ayuda el importe del coste individual del alquiler justificable.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Zaragoza el 24/07/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 240.000 €.

Para qué es

El objeto de esta convocatoria es regular el régimen de concesión de ayudas para el pago de renta arrendaticia o de cuotas hipotecarias dirigidas a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres (violencia ejercida por su pareja o ex-pareja de acuerdo a la Ley Orgánica 1/2004) para el año 2026 en régimen simplificado de concurrencia competitiva, siendo la finalidad de estas ayudas el apoyo económico para la financiación de parte de la renta arrendaticia y de la cuota hipotecaria a satisfacer por las arrendatarias o propietarias que tengan reconocida dicha condición. Con esta convocatoria se persigue favorecer su autonomía e independencia, así como facilitar la permanencia en su residencia habitual y permanente.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Zaragoza el 24/07/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo para la presentación de las solicitudes y de la documentación que debe acompañarla se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón, Sección Provincia de Zaragoza (BOPZ) y finalizará el día 30 de septiembre de 2026. Podrá finalizar anteriormente a dicha fecha si se agota el crédito disponible asignado, lo cual será debidamente publicado por parte del órgano competente.

La solicitud y los documentos anexos se formalizarán exclusivamente conforme a los modelos normalizados previstos como anexo en esta convocatoria y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza a través del procedimiento habilitado al efecto:(https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/36575).

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Zaragoza el 24/07/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
ZARAGOZA
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Ámbito
Zaragoza

Título oficial: Convocatoria y bases que rigen las AYUDAS PARA EL PAGO DE ALQUILER O HIPOTECA DE VIVIENDA A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (VIOLENCIA EJERCIDA POR SU PAREJA O EX-PAREJA DE ACUERDO A LA LEY 1/2004), AÑO 2026

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.