Ayuntamiento de cabra · Córdoba
Convocatoria para la concesion de subvenciones para adecuacion funcional basica de viviendas y ayudas extraordinarias para la recuperacion de habitabilidad de las mismas en caso de catástrofe o siniestro grave 2026.
Abiertahasta el 16/10/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 16 de octubre de 2026 (puede ser algún día más tarde según los festivos locales)
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Particulares
Personas mayores de 65 años, con discapacidad, en situación de dependencia o con problemas de movilidad acreditados, que lleven un año en Cabra y dos meses en la vivienda. Para las ayudas por catástrofe, personas o familias con un año de residencia en Cabra y dos meses en la vivienda afectada.
Cuánto se da
El extracto no fija la cantidad por solicitud. Presupuesto total: 55.000 €.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 55.000 €.
Para qué es
Adaptar viviendas habituales a las necesidades de personas mayores o con discapacidad, comprar ayudas técnicas para su autonomía y, de forma extraordinaria, recuperar viviendas inhabitables por catástrofe o siniestro grave.
Qué se necesita
Acreditar documentalmente las limitaciones funcionales y los requisitos de residencia. Las ayudas por siniestro pueden incluir anexos de la vivienda sin uso comercial.
Dónde y cómo se solicita
En el registro del Centro Municipal de Servicios Sociales (calle Priego, 28), en el Registro General del Ayuntamiento de Cabra o por las vías del artículo 16 de la Ley 39/2015. Plazo: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Córdoba.
Comparar con el texto literal del extracto oficial
Nuestro resumen se ha redactado a partir de estos apartados del extracto publicado en el BOP de Córdoba el 16/09/2026. Si ves alguna diferencia, lo que vale es el texto oficial.
Beneficiarios
Para la modalidad 1ª y 2ª serán destinatarias de estas subvenciones las personas mayores de 65 años, personas con discapacidad, personas que se encuentren en situación de dependencia o personas que aún no teniendo reconocimiento del grado de discapacidad o dependencia quede acreditado que presentan problemas de movilidad o autonomía personal, siempre que residan en el municipio de Cabra con una antigüedad de un año y, al menos, dos meses en el domicilio para el que se solicita la actuación y que presenten limitaciones funcionales que reduzcan su autonomía personal, debiendo quedar suficientemente acreditados documentalmente dichos requisitos.
Para la modalidad 3º serán destinatarias de estas ayudas extraordinarias las personas o unidades familiares con residencia acreditada en el municipio de Cabra durante, al menos, un año y que hayan residido un mínimo de dos meses en la vivienda habitual afectada.
La vivienda deberá haberse visto afectada por una catástrofe (terremoto, inundación, etc.) o por un siniestro grave no provocado (incendio, caída de rayo, etc.), que haya ocasionado la pérdida de su habitabilidad.
Asimismo, podrán concederse estas ayudas respecto de anexos o edificaciones auxiliares vinculados a la vivienda, aunque no se encuentren situados en la misma ubicación que esta, incluso cuando constituyan edificaciones independientes y con independencia de su tipología, siempre que estén destinados al apoyo o servicio de la vivienda y no tengan uso comercial.
Cuantía
El Presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 55.000,00 € correspondiente al "Programa 2317: Adaptación funcional viviendas: Mayores" y "Partida económica 48200" del Presupuesto de Gastos del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra de Córdoba.”
Objeto
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar el coste de las obras y actuaciones necesarias para la adecuación o adaptación funcional de viviendas de uso habitual y permanente en las que residan personas con discapacidad, en situación de dependencia o con limitaciones de movilidad o autonomía personal, aun cuando no tengan reconocido oficialmente dicho grado.
Asimismo, podrán ser objeto de subvención la adquisición de medios técnicos, funcionales o instrumentales que favorezcan la autonomía personal de dichas personas o de sus cuidadores en el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria.
Igualmente, se contemplan ayudas de carácter extraordinario destinadas a sufragar los gastos necesarios para la recuperación de la habitabilidad de viviendas habituales afectadas por catástrofes o siniestros graves (incendios, inundaciones, terremotos, etc.), siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Las solicitudes para la concesión de subvenciones y ayudas extraordinarias al amparo de esta convocatoria se presentarán en el Registro de entrada del Centro Municipal de Servicios Sociales, sito en la calle Priego n.º 28 o Registro General de Entrada del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra o por alguno de los procedimientos previstos por el artículo 16 de la Ley 39/2015, LPAC.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- CABRA
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE CABRA
- Ámbito
- Córdoba
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES PARA ADECUACION FUNCIONAL BASICA DE VIVIENDAS Y AYUDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA RECUPERACION DE HABITABILIDAD DE LAS MISMAS EN CASO DE CATÁSTROFE O SINIESTRO GRAVE 2026.
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026; resumen revisado el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.