Ayuntamiento de córdoba · Córdoba

Bases reguladoras y convocatoria de las ayudas cheque-bebé para el apoyo a la natalidad y la adopción en el municipio de córdoba para el año 2026

Abiertahasta el 16/11/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
16 de noviembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

Madres, padres o adoptantes de un bebé nacido o adoptado entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, empadronados en Córdoba desde al menos el 1 de enero de 2025 y con el menor en el mismo domicilio.

Cuánto se da

500 € por cada hijo o hija nacido o adoptado en ese periodo. El crédito es de 1.000.000 €, ampliable hasta en 300.000 €.

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.000.000 €.

Para qué es

Ayuda «Cheque-Bebé» del Ayuntamiento de Córdoba para apoyar la natalidad y la adopción y los gastos de los primeros meses.

Qué se necesita

Vecindad administrativa en Córdoba, empadronamiento del menor en el mismo domicilio y la documentación de la base sexta de las bases reguladoras.

Dónde y cómo se solicita

Solo con el formulario de la web https://chequebebe.cordoba.es, hasta el 16 de noviembre de 2026 (incluido).

Comparar con el texto literal del extracto oficial

Nuestro resumen se ha redactado a partir de estos apartados del extracto publicado en el BOP de Córdoba el 23/02/2026. Si ves alguna diferencia, lo que vale es el texto oficial.

Beneficiarios

Se hallarán en la situación específica determinante de la concesión de la ayuda Cheque-Bebé aquellas personas físicas que ostenten la condición de progenitor/a o adoptante de una persona menor de edad nacida o adoptada entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. En caso de fallecimiento de ambos progenitores o adoptantes o de supervivencia de uno de ellos que tenga retirada la guarda y custodia del/la causante, se entenderá que se halla en la situación determinante del otorgamiento de la ayuda aquella persona que, por sentencia judicial, tenga atribuida la guarda y custodia del/la menor de edad causante.

Además de encontrarse en la situación descrita en el párrafo anterior, para poder pedir la ayuda y resultar beneficiaria de la misma, la persona solicitante deberá cumplir, a fecha de presentación de la solicitud, todos y cada uno de los siguientes requisitos:

Tener vecindad administrativa en el término municipal de Córdoba.

Llevar empadronada en el término municipal de Córdoba desde, al menos, el 1 de enero de 2025.

Estar empadronado el hijo o hija causante de la ayuda en el mismo domicilio que la persona solicitante o, en su defecto, haberse instado dicho empadronamiento con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda Cheque-Bebé. Este requisito se acreditará aportando certificado de empadronamiento histórico colectivo del progenitor/a o adoptante en el que figure el/la hijo/a causante en el mismo domicilio o, si aún no se encuentra inscrito/a el/la menor de edad en el Padrón municipal, copia de la solicitud de empadronamiento del/la hijo/a causante en el mismo domicilio que la persona solicitante de la ayuda.

No encontrarse en ninguno de los supuestos de prohibición para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones contemplados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a excepción de las circunstancias previstas en las letras e) y g) del apartado 2 de dicho precepto.

Por su parte, tendrán la consideración de causantes de la ayuda social Cheque-Bebé las personas nacidas en el intervalo de tiempo comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, ambos días inclusive, así como las personas menores de edad que hayan sido adoptadas en ese mismo periodo de tiempo.

No obstante lo anterior, no tendrán la consideración de causantes de las ayudas convocadas los/as nacidos/as que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo 30 del Código Civil para adquirir la personalidad civil.

En cualquier caso, respecto de un/a mismo/a causante, únicamente podrá resultar beneficiario de la ayuda uno/a de los/as dos progenitores/as o adoptantes, ya sea en nombre propio o como representante de la unidad de convivencia. Por tanto, una persona causante sólo podrá dar derecho a percibir una única ayuda Cheque-Bebé, siendo inadmitida la solicitud que se presente respecto de un/a menor que ya haya dado lugar a la concesión de dicha ayuda. […]

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Córdoba el 23/02/2026

Cuantía

La cantidad destinada a financiar las ayudas objeto de esta Convocatoria asciende a un millón de euros (1.000.000,00 €), que se imputará al crédito disponible en la aplicación presupuestaria Z E10 2310 48002 0 -SERV. SOC. SUBVENCIONES MATERNIDAD-.

Si así resultara conveniente, la referida dotación presupuestaria inicial de esta Convocatoria podrá aumentarse, a través del procedimiento establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente, con créditos procedentes de remanentes de tesorería o de otras convocatorias o de cualquier otro procedimiento de generación, ampliación o incorporación de crédito de los que, si bien se desconoce su importe en el momento de tramitar la presente Convocatoria, se estima que, como máximo, pueden llegar a alcanzar trescientos mil euros (300.000,00 €). La efectividad de estas cuantías adicionales, que quedará condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito con anterioridad a la resolución de concesión, posibilitará subvencionar, sin necesidad de convocatoria previa, mayor volumen de solicitudes presentadas por personas que cumplan los requisitos exigidos en las Bases reguladoras.

La ayuda Cheque-Bebé consistirá en un importe fijo y cierto de 500,00 € por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.

El crédito asignado a esta Convocatoria se distribuirá, hasta agotarlo o en su defecto hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes, entre aquellas personas físicas que, hallándose en la situación específica descrita en la Base Tercera de las Bases Reguladoras y cumpliendo los demás requisitos establecidos en la misma, hayan solicitado la ayuda Cheque-Bebé.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Córdoba el 23/02/2026

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el procedimiento y régimen jurídico de las ayudas Cheque-Bebé para el apoyo a la natalidad y la adopción en el municipio de Córdoba de la Delegación de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Córdoba, con la finalidad de apoyar a los/as progenitores/as y adoptantes a hacer frente a los gastos de toda índole que han de asumir durante los primeros meses de vida de los/as bebés o de la adopción de los/as menores de edad, favoreciendo así el bienestar social y la calidad de vida de los/as niños/as y las familias, al mismo tiempo que se previene la concurrencia de posibles factores de riesgo de exclusión social y se contribuye a la promoción de la igualdad de género y al fomento del desarrollo económico y social en el marco de la planificación autonómica, siendo pues estas ayudas una medida materializadora de los objetivos establecidos en las letras c) y j) del artículo 5 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, y del cumplimiento de lo mandatado en los apartados 2 y 3 del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia en Andalucía, así como de los objetivos de la Estrategia para la Transformación Económica de Andalucía (ETEA) HORIZONTE 2027, la Estrategia Europea de los Cuidados y la Agenda 2030, entre otras.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Córdoba el 23/02/2026

Plazo

Las personas interesadas que reúnan los requisitos exigidos en las Bases Reguladoras y en esta Convocatoria dispondrán desde el día siguiente al de la fecha de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba hasta el 16 de noviembre de 2026, ambos días inclusive, para presentar el formulario de solicitud de la ayuda Cheque-Bebé y la documentación acreditativa del cumplimiento de tales requisitos que figura detallada en la Base Sexta de las Bases Reguladoras.

Para solicitar la Ayuda Cheque-Bebé, las personas interesadas habrán de utilizar obligatoriamente el formulario específico de solicitud disponible únicamente en la aplicación informática alojada en la página web https://chequebebe.cordoba.es de la Delegación de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, que comprenderá el contenido de la propia solicitud y las declaraciones responsables correspondientes.

Dicho formulario de solicitud deberá cumplimentarse obligatoriamente, de manera online, a través de la citada aplicación informática habilitada al efecto en la página web https://chequebebe.cordoba.es, y, una cumplimentado y generado el mismo, la persona interesada deberá descargárselo y presentarlo, junto con el resto de documentación exigida en la Base Sexta, a través del Registro Electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba o por cualesquiera otros medios de los previstos en el artículo 16. […]

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Córdoba el 23/02/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
CÓRDOBA
Órgano
AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA
Ámbito
Córdoba

Título oficial: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS CHEQUE-BEBÉ PARA EL APOYO A LA NATALIDAD Y LA ADOPCIÓN EN EL MUNICIPIO DE CÓRDOBA PARA EL AÑO 2026

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026; resumen revisado el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.