Consejería de desarrollo rural, ganadería, pesca y alimentación · Cantabria
Convocatoria de las ayudas a la conservación y promoción de razas autóctonas de ganado ovino-caprino en Cantabria.
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Plazo de solicitud
- Fecha límite
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El extracto fija varios plazos distintos (por líneas, fases o casos), así que no hay una única fecha que podamos mostrar. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).
Quién puede pedirla
Pymes
1. Podrá obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera de ovino o caprino, sita en Cantabria.
2. Además, debe tratarse de explotaciones que cumplen la normativa legal en vigor en materia de medio ambiente, higiene, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales. Igualmente, no podrán haber sido objeto de sanción, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
3. En caso de haber recibido ayuda de mínimis en el ejercicio fiscal de la solicitud y en los dos ejercicios fiscales anteriores, dicha ayuda no podrá superar los límites establecidos en el Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, que regula las ayudas de mínimis en el sector agrícola.
Cuánto se da
La cuantía total máxima de las ayudas que se convocan asciende a 45.000 euros para el año 2026, que se financiará con cargo a la partida presupuestaría 05.04.412B.478 (Fomento de ganado ovino autóctono) de la Ley de Cantabria 4/2026, de 28 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 45.000 €.
Para qué es
Convocar para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a promover la conservación y cría de animales pertenecientes a razas puras de aptitud cárnica o de aptitud mixta en las explotaciones de ganado ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Cantabria que practiquen el pastoreo extensivo.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
1. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación conforme a los modelos normalizados que figuran como anexos I y II de la Resolución de convocatoria y se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
2. La solicitud se podrá presentar en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, salvo aquellos sujetos que estén obligados a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos conforme a lo establecido en el artículo 135.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- CANTABRIA
- Órgano
- CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
- Ámbito
- Cantabria
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
- ANEXO II (documento de la BDNS)
- ANEXO I (documento de la BDNS)
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- 30/09/2027
- Presupuesto total
- 20.000.000 €
- Para
- Pymes
- Ámbito
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.