Consejería de medio rural y política agraria · Asturias

Subvenciones para asociaciones del Sector Forestal año 2026

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Plazo de solicitud

Fecha límite
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Las fechas registradas en la BDNS no coinciden con las del extracto oficial. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).

Quién puede pedirla

Asociaciones

Todas aquellas asociaciones sin animo de lucro que tengan su origen en cualquier estado miembro del Espacio Económico Europeo, radicadas en el Principado de Asturias, que aglutinen empresas, cooperativas o profesionales del sector forestal cuya actividad principal sea la redacción de planes y proyectos, el desarrollo de trabajos, la producción de planta, el aprovechamiento de madera o la primera transformación de la misma, así como las asociaciones de propietarios de montes en las que puedan tener cabida todos los propietarios particulares de terrenos forestales del Principado de Asturias, que cumplan los siguientes requisitos:

-Estar constituidas con anterioridad de 1 año contado desde la fecha de solicitud de la ayuda.

-Las siguientes asociaciones deberán tener el número mínimo de socios que se señala:

- Asociaciones de empresas de trabajos forestales: 10 socios.

- Asociaciones de viveristas forestales: 3 socios.

- Asociaciones de empresas de aprovechamiento de madera y la primera transformación de la misma: 20 socios.

- Asociaciones de propietarios forestales: 50 socios.

Texto literal del extracto publicado en el BOPA el 03/07/2026

Cuánto se da

Se establecen los siguientes importes:

- Línea 1.- Subvenciones para actuaciones encaminadas al fomento y extensión forestal.- Importe máximo de 40.000 €.

- Línea 2.- Subvenciones para el resto de actividades.- Importe inicial de 80.000 €. A este importe máximo, se podrá añadir el gasto no adjudicado en la "Línea 1.- Subvenciones para actuaciones encaminadas al fomento y extensión forestal."

Las ayudas que se concedan no rebasarán los siguientes máximos:

a) Para actividades de los puntos a), b), c), d) y e) del apartado segundo, el 75% del gasto efectuado.

b) Para actividades del punto f) del apartado segundo, el 50% del gasto efectuado hasta un máximo de ayuda por asociación de 30.000 euros.

Texto literal del extracto publicado en el BOPA el 03/07/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 120.000 €.

Para qué es

Ayudar a las asociaciones del sector forestal radicadas en el Principado de Asturias que promuevan actividades de interés para la defensa del sector en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Serán subvencionables las siguientes actividades:

- Línea 1.- Actuaciones encaminadas al fomento y extensión forestal.

a) Actuaciones encaminadas al fomento y extensión forestal que se encuadren dentro de los objetivos previstos por parte de la Consejería competente en materia forestal. (celebración de campañas técnicas o demostrativas, organización de jornadas de divulgación, etc).

- Línea 2.- Resto de actividades.

b) Publicaciones.

c) Cuotas, tanto la de suscripción a publicaciones como las abonadas por pertenencia a otras asociaciones nacionales o internacionales.

d) La asistencia de los miembros de las asociaciones a cursos de formación técnica en materia forestal, limitándose a 5 el número de asistentes por cada asociación.

e) La asistencia de los miembros de las asociaciones a ferias, congresos o exposiciones del ámbito de su asociación, limitándose a 3 el número de asistentes por cada asociación.

f) Gastos de funcionamiento de las entidades asociativas.

Texto literal del extracto publicado en el BOPA el 03/07/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

- Para la "Convocatoria de ayudas para actuaciones encaminadas al fomento y extensión forestal"; UN MES a partir del día siguiente a la fecha en que se produzca la publicación de este extracto en el BOPA.

- Para la "Convocatoria de ayudas para el resto de actividades"; hasta el 31 de octubre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BOPA el 03/07/2026

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Órgano
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA
Ámbito
Asturias

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.