Ayuntamiento de mallén · Zaragoza
Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la rehabilitación edificatoria y la renovación urbana de Mallén
Abierta (según la BDNS)hasta el 31/12/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 31 de diciembre de 2026
Este plazo sale de las fechas que el organismo registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones; no lo hemos podido confirmar en el texto del extracto oficial.
Quién puede pedirla
ParticularesAutónomosPymesAsociaciones
Podrán acceder a las ayudas económicas municipales las personas físicas o jurídicas siempre que cumplan los requisitos exigidos:
Los propietarios de viviendas, personas físicas, en régimen de propiedad horizontal, por sí mismos, si trata de actuaciones de rehabilitación sobre elementos privativos, o agrupados en comunidades de propietarios si se trata de actuaciones de rehabilitación sobre elementos comunes, cuyo destino declarado sea conforme a los previstos en esta Ordenanza.
Las Personas Jurídicas y Físicas que sean propietarias o arrendatarias de locales u oficinas cuando se promuevan actuaciones sobre elementos comunes. Los arrendatarios deberán acreditar el permiso de la propiedad.
Las Personas Jurídicas y Físicas propietarios de viviendas o edificios completos cuyo destino tras las obras de rehabilitación sea el alquiler.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás prohibiciones previstas en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Cuánto se da
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes
2026
1522.48900
, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 18.000,00 euros para el ejercicio 2026.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 18.000 €.
Para qué es
La subvención tiene por finalidad es fomentar la renovación urbana y la rehabilitación de las edificaciones de más de 40 años en el casco urbano de Mallén con destino de vivienda, hostelero o comercial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 19 de las bases reguladoras de la presente convocatoria, serán los correspondientes a la ejecución de las obras, el proyecto y dirección técnica y los demás gastos susceptibles de incluirse en el presupuesto protegido definido en el artículo 21 de las bases reguladoras de estas ayudas.
Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado aquellos realizados a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026.
Quedará excluido del presupuesto protegido, para obras de adecuación de habitabilidad, toda clase de mobiliario (muebles de baño, cocina, electrodomésticos, etc..). Solo se subvencionará la ejecución de obras de acabados (pavimentos, pinturas, alicatados, etc.) cuyo mal estado se acredite previamente cuando las obras fueran exigidas por la realización simultánea de otras actuaciones de rehabilitación.
La cuantía de la subvención será de un 35% del presupuesto protegido, con el límite máximo de 6.000 euros. La cuantía mínima del presupuesto protegido será de 4.000 euros en las actuaciones de Rehabilitación.
La cuantía de la subvención a fondo perdido será de un 30 % del presupuesto protegido con el límite máximo de 4.000 euros en las actuaciones de derribo para renovación urbana. La cuantía mínima del presupuesto protegido será de 4.000 euros en las actuaciones de Renovación urbana.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
Las solicitudes se formularán los modelos que figuran como Anexos de la convocatoria. Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quedando el plazo permanentemente abierto durante todo el año natural 2025 desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- MALLÉN
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE MALLÉN
- Ámbito
- Zaragoza
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.