Universidad de castilla-la mancha
Convocatoria para el curso 2026/2027 de ayudas para estudiantes en situaciones especiales. UCLM. Curso 2026-2027
Abiertahasta el 30/10/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 30 de octubre de 2026
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Particulares
Podrán solicitar esta ayuda quienes formalicen la matrícula de Grado en el curso académico 2026/2027 en la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) y que cumplan los siguientes requisitos:
a) No estar en posesión de un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio ni reunir los requisitos legales para su expedición.
b) Que se haya producido una situación de dificultad económica, debidamente acreditada, que impida o dificulte la continuación de los estudios.
c) Con excepción de quienes se matriculen por primera vez en estudios universitarios, las personas solicitantes deberán haber superado en el curso 2025/2026 al menos el 50 % de los créditos en que se hubiesen matriculado, excepto las enseñanzas técnicas y de ciencias que será de un 40%, salvo situaciones excepcionales acreditadas documentalmente y apreciadas por la Comisión de Valoración.
d) No disponer de una renta o recursos que permitan hacer frente a los gastos ocasionados para la realización de los estudios. A estos efectos no podrán beneficiarse de estas ayudas las personas solicitantes cuya renta familiar o patrimonio supere el umbral dos de renta y los umbrales de patrimonio familiar que se recogen en el Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027, y se modifica el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
e) Obtener la puntuación mínima en cualquiera de los apartados que establezca la Comisión de Valoración para la percepción de la ayuda.
f) En el caso de tratarse de estudiantes independientes económicamente, estar al corriente de las obligaciones tributarias, salvo las que sean objeto de financiación de esta convocatoria. Para estudiantes que no tengan independencia económica, la existencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar.
g) No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiarios del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y del artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
h) No podrán solicitar esta ayuda aquellas personas matriculadas en otras universidades y que realicen estancias temporales en la Universidad de Castilla-La Mancha, en virtud de programas nacionales o internacionales de movilidad.
i) Para el cálculo de la renta y del patrimonio de la unidad familiar, se tendrán en cuenta únicamente los ingresos generados y los bienes radicados en territorio nacional.
Cuánto se da
El presupuesto de esta convocatoria asciende a 250.000 euros. Dicho importe podrá ser incrementado, bien con los créditos habilitados en función de otros ingresos finalistas de los que se pueda disponer y que estén destinados a financiar ayudas a estudiantes, bien con cualesquiera otras partidas procedentes del presupuesto de otros órganos de gobierno que decidan colaborar con la presente convocatoria.
La cuantía de las ayudas no podrá superar por todos los conceptos de gasto el importe de 2.500 € por estudiante.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 250.000 €.
Para qué es
Se dotan fondos económicos para contribuir a paliar las dificultades económicas sobrevenidas en el año 2026 o que perduren en el tiempo que impidan la continuación de sus estudios oficiales de Grado a estudiantes de la UCLM.
Se entenderá que existe dificultad económica sobrevenida cuando se produzca alguna de las circunstancias detalladas a continuación durante 2026:
a) Jubilación forzosa antes de cumplir la edad reglamentaria, incapacidad laboral permanente o fallecimiento de la persona sustentadora principal de la familia.
b) Desempleo o expediente de regulación de empleo de la persona sustentadora principal de la familia.
c) Enfermedad o accidente grave de algún miembro de la unidad familiar.
d) Cualquier otra circunstancia no contemplada anteriormente y que, a juicio del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, previa propuesta motivada de la Comisión de Valoración constituya una situación de urgente necesidad.
Se entenderá que la situación de dificultad económica perdura en el tiempo cuando sea anterior a 2026 y no revista mejoría en el presente curso académico.
Estas ayudas irán destinadas a subvencionar los gastos derivados de la realización de estudios oficiales de Grado en la UCLM asumidos por los estudiantes y las estudiantes o sus familias, debiendo cumplirse en todo caso lo indicado en el punto 6 de las bases del texto íntegro de la convocatoria en cuanto a compatibilidades y límites máximos que subvencionar.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
Las solicitudes se presentarán a través de la web de la UCLM en https://becas.apps.uclm.es/ desde el 22 de septiembre al 30 de octubre de 2026.
Órgano convocante
- Administración
- Otros organismos públicos
- Departamento o entidad
- UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ámbito
- Castilla-La Mancha
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.