Ayuntamiento de galapagar · Madrid

Convocatoria de ayudas económicas para el apoyo a la crianza temprana y sus familias en el municipio de Galapagar para los nacidos en el año 2025

Abiertahasta el 26/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
26 de octubre de 2026 (puede ser algún día más tarde según los festivos locales)

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

Podrán ser beneficiarias las personas progenitoras, adoptantes o quienes hayan constituido acogimiento permanente o guarda con fines de adopción que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y, en particular, los siguientes: a) convivir con el menor y estar empadronadas en Galapagar con una antigüedad mínima de cinco años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento; b) que el menor figure empadronado con la persona solicitante o solicitantes en el mismo domicilio desde el nacimiento o desde la resolución administrativa o judicial correspondiente y se mantenga dicha situación en el momento de la solicitud; c) hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Galapagar, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa aplicable; y d) no encontrarse incursas en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Texto literal del extracto publicado en el BOCM el 24/09/2026

Cuánto se da

La cuantía individual será la siguiente: primer hijo o hija, 100 euros; segundo hijo o hija, 300 euros; tercer hijo o hija y sucesivos, 500 euros; familias monoparentales, 300 euros, salvo que corresponda una cuantía superior por tratarse del tercer hijo o hija o sucesivos. Se establece, además, un complemento acumulable de 500 euros cuando el menor tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. En los partos, adopciones o acogimientos múltiples se aplicará la cuantía correspondiente a cada menor atendiendo al orden que corresponda.

Las ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 231.48220, denominada «Atención Social Primaria: Familia», del presupuesto municipal correspondiente. El crédito máximo destinado a la convocatoria asciende a 50.000€, quedando la concesión condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Texto literal del extracto publicado en el BOCM el 24/09/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 50.000 €.

Para qué es

La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a apoyar a las familias empadronadas en Galapagar ante los gastos iniciales derivados de la crianza temprana, con ocasión del nacimiento, adopción, acogimiento permanente o guarda con fines de adopción de menores, cuando el hecho causante se produzca durante el período establecido en la convocatoria.

Texto literal del extracto publicado en el BOCM el 24/09/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Galapagar, mediante el formulario habilitado al efecto. El plazo será de treinta días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Texto literal del extracto publicado en el BOCM el 24/09/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
GALAPAGAR
Órgano
AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
Ámbito
Madrid

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.