Servicio extremeño público de empleo (sexpe) · Extremadura
Convocatoria 2026 becas y ayudas a alumnos de acciones formativas conducentes a certificados profesionales dirigidas a personas desempleadas, según Resolución de 29 de julio de 2026 que las convoca.
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El último día del plazo depende de los festivos autonómicos y locales, y hoy estamos justo en esos días finales. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).
Quién puede pedirla
Particulares
1. Podrán ser beneficiarias de las becas y/o ayudas financiadas con
cargo a la convocatoria las personas trabajadoras desempleadas, que
participen en las acciones formativas conducentes a certificados
profesionales incluidas en el ámbito de aplicación de la convocatoria,
que reúnan los requisitos específicos para acceder a las becas y/o a
cada una de las modalidades de ayudas previstos en los artículos 83, 84
y 85 de la Orden de 27 de marzo de 2023.
A efectos de lo anterior, se considerarán como personas trabajadoras
desempleadas a aquellas que se encuentren inscritas como tales en el
Servicio Extremeño Público de Empleo, incluyendo las personas
trabajadoras agrarias. No será precisa la inscripción como demandante de
empleo cuando una norma específica así lo prevea, y en particular en el
supuesto de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de
Garantía Juvenil, de acuerdo con lo previsto en la Ley 18/2014, de 15 de
octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia.
La consideración como persona trabajadora desempleada o no desempleada
vendrá determinada por la situación laboral en que se halle la persona
solicitante el día de inicio de la acción formativa o, en su caso, el
día de su incorporación, si esta es posterior al inicio de la acción
formativa.
2. Una vez iniciada la acción formativa o, en su caso, producida la
incorporación de la persona participante, se interrumpirá la percepción
de la beca y/o ayuda durante el tiempo en que el/la alumno/a no mantenga
la condición de persona desempleada.
Cuánto se da
Las becas y ayudas tendrán la cuantía máxima señalada en el Anexo I de
la resolución de convocatoria.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.500.000 €.
Para qué es
Convocatoria de 2026 de becas y de ayudas a que tengan derecho las
personas trabajadoras desempleadas que participen en las acciones
formativas conducentes a certificados profesionales incluidas en la
oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a
personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Dado el carácter dual de los certificados profesionales, en las acciones
formativas conducentes a su obtención, la participación en las acciones
formativas a efectos del acceso a las becas y/o ayudas incluye la fase
de formación en empresa u organismo equiparado que debe programarse en
dichas acciones, conforme a lo establecido en el artículo 70 de Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio.
1. La cuantía total prevista inicialmente para el periodo de vigencia de
la presente convocatoria asciende a 1.500.000,00 euros, con cargo a los
créditos autorizados en la aplicación presupuestaria 140130000
G/242B/48000 TE24008001, en el proyecto 20210478 “Becas y ayudas a
alumnos que participan en acciones formativas ligadas a la obtención de
certificados de profesionalidad”, con fuente de financiación de
Transferencias del Estado, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2026: 1.050.000,00 €
Anualidad 2027: 450.000,00 €
2. Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades
presupuestarias, en los términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, con la publicación del correspondiente anuncio en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y en el Portal de
subvenciones de la Comunidad Autónoma
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), así como en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura
(http://gobiernoabierto.juntaex.es), conforme lo establecido en el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo para presentar las solicitudes de becas y ayudas será de quince
días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización de la
acción formativa, incluida la fase de formación en empresa u organismo
equiparado. En el caso de abandono del curso por enfermedad o
colocación laboral, la solicitud deberá presentarse en el plazo de
quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de
efectividad de dicho abandono.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- EXTREMADURA
- Órgano
- SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)
- Ámbito
- Extremadura
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.