Ayuntamiento de santiago de compostela · A Coruña

Bases de la convocatoria de ayudas destinadas a apoyar a las empresas de economía social de santiago de compostela 2026

Abiertahasta el 01/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
1 de octubre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

PymesEmprendedores

Podrán resultar beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria las pequeñas y medianas empresas con forma jurídica de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, y empresas de inserción (definida cómo tal según lo establecido en la Ley de economía Social de Galicia), que cumplan los siguientes requisitos:

• Tener iniciada la actividad el 1 de enero de 2026 o bien iniciarla dentro del período subvencionable, y mantenerse en activo durante el año de la convocatoria.

• A los efectos de este programa se entiende como fecha de inicio de actividad aquella en la que la persona solicitante cause alta en el IAE o, en su caso, en el censo de obligados tributarios.

• Tener su sede social, fiscal y, por lo menos, un centro de trabajo, en el Ayuntamiento de Santiago.

• Que su actividad empresarial sea viable económica, financiera y técnicamente.

No podrán ser beneficiarias aquellas empresas participadas por alguna Administración Pública.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de A Coruña el 11/08/2026

Cuánto se da

La cuantía de la subvención será la menor entre las siguientes:

• El 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados, con un tope máximo, por beneficiario, de 5.000 euros.

• La resultante de la aplicación de la siguiente fórmula:

Importe por beneficiario=(Puntos conseguidos por el beneficiario/total de puntos de los beneficiarios) x 140.000€

En caso de existir remanente en la partida presupuestaria, este se repartirá entre los beneficiarios cuya ayuda inicial no alcanzara el 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados, con un tope máximo, por beneficiario, de 5.000 euros de forma proporcional a la puntuación obtenida. En este caso se aplicaría la siguiente fórmula:

Importe del remanente por beneficiario = (Puntos conseguidos por el beneficiario / total de puntos de los beneficiarios) x remanente total

El importe final de la subvención, no podrá superar el importe máximo de 5.000 euros por beneficiario, ni el importe total del 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados.

En ningún caso el importe de las ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con las concedidas por otras administraciones o entes públicos o personales, nacionales o internacionales, supere el costo total de la actividad que vaya a desarrollar el beneficiario.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de A Coruña el 11/08/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 140.000 €.

Para qué es

1.1 Objeto

Se establecen las bases reguladoras de las “Ayudas a empresas de Economía Social” para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a la consolidación y el mantenimiento de pequeñas y medianas empresas con forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción definidas como tales según lo establecido en la Ley de Economía Social de Galicia.

1.2 Finalidad

La finalidad de estas ayudas es contribuir a la consolidación y desarrollo del tejido empresarial en el Ayuntamiento apoyando a pequeñas y medianas empresas de economía social mediante ayudas al gasto corriente en el que incurren para desarrollar su actividad empresarial.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de A Coruña el 11/08/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo general de presentación de solicitudes y justificación comenzará a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el boletín oficial de la provincia (BOP) de A Coruña y finalizará el 1 de octubre de 2026.

Junto con la solicitud deberá presentarse toda la documentación precisa para adoptar la correspondiente resolución de concesión y aprobación de la justificación de la ayuda a conceder, en su caso, por lo que el plazo de justificación coincide con el de presentación de solicitudes.

El Formulario normalizado CS006ES, dispone de un apartado específico para declarar la relación de las facturas y gastos de personal que se presentan para justificar la subvención solicitada.

Si existen otras subvenciones para los mismos gastos para los que se solicita la presente ayuda, el importe que es necesario justificar será la suma de todas las subvenciones concedidas para los mismos.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de A Coruña el 11/08/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
SANTIAGO DE COMPOSTELA
Órgano
AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
Ámbito
A Coruña

Título oficial: BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.