Ayuntamiento de algímia d'alfara · Valencia/València

Convocatoria ayudas en materia educativa curso 2026-2027 Ayuntamiento de Algímia d'Alfara (Decreto nº 305 de 09/07/2026)

Abiertahasta el 15/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
15 de octubre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria atendiendo a cada una de las modalidades:

Ayudas para el comedor escolar:

Podrán ser beneficiarios/as de la modalidad de ayuda para el comedor escolar, el alumnado de los ciclos de Educación Infantil y de Educación Primaria en el CEIP Palancia de Algímia d’Alfara, y que haya solicitado la beca de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Además de cumplir lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que no hayan recibido otra ayuda ni prestación para el mismo fin otorgada por ente público o privado, que cubra el cien por cien de los gastos. En caso de percibir otra ayuda parcial, el Ayuntamiento subvencionará la diferencia restante hasta el máximo de los gastos.

Ayudas para la adquisición de libros y material escolar:

Podrán ser beneficiarios/as de la modalidad de ayuda para la adquisición de libros y material escolar, aquellos que cumplan lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y además concurran los siguientes requisitos:

Estar empadronado/a en el municipio de Algímia d’Alfara, con una antigüedad mínima de un año, a contar desde el último día de plazo de presentación de solicitudes. En el caso de menores o incapaces, deberán cumplirlo tanto éstos como el/la representante legal. Para el alumnado matriculado en el CEIP Palancia también le será de aplicación, aunque no esté empadronado en dicho municipio. Dichos extremos serán comprobados de oficio por el Ayuntamiento.

Justificante de haber solicitado otras ayudas, si fuera el caso, o resolución denegatoria de dichas ayudas.

Estar matriculado/a para el curso académico que corresponda en centro público o concertado en cualquier etapa educativa, obligatoria o no obligatoria, tales como bachillerato, formación profesional, universitaria (salvo tercer grado o doctorado), conservatorio, escuela oficial de idiomas, enseñanza de régimen especial, y centros de adultos. En el caso de matriculados/as en centros privados, deberá acreditarse que no existe oferta pública para los estudios matriculados o, existiendo ésta, que haya sido denegada.

Los referidos centros educativos estarán a una distancia máxima de 50 km en línea recta del ayuntamiento de Algímia d’Alfara.

Que la renta de la unidad familiar no supere los treinta mil euros (30.000 €), entendiéndose a efectos de unidad familiar, lo determinado por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, obteniéndose dicha cifra. La renta de la unidad familiar se obtendrá sumando las rentas del ejercicio de cada uno de los/as miembros computables de la familia, así se sumarán la base imponible general (casilla 0435) y la base imponible del ahorro (casilla 0460), y al resultado obtenido se le restará la cuota de la autoliquidación (casilla 0595). […]

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 20/07/2026

Cuánto se da

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 326-48100, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 16.052,00 €.

El importe máximo por el que podrá resultar cada beneficiario/a por curso académico será el siguiente, en relación con cada una de las modalidades de ayuda previstas:

Ayudas para el comedor escolar, dos euros (2’00 €) por alumno/a y día de prestación del servicio de comedor escolar.

Ayudas para la adquisición de libros y material escolar, setena y cinco euros (75 €). En el caso de los alumnos y alumnas de Educación Infantil esta cuantía será de cien euros (100 €).

Ayudas para el transporte, cien euros (100 €).

Ayudas para la conexión a internet, quince euros (15 €) mensuales.

Ayudas por necesidades educativas específicas, quinientos euros (500 €).

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 20/07/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 16.052 €.

Para qué es

La subvención tiene por finalidad contribuir al principio de igualdad de oportunidades en materia educativa para hacer efectivo el derecho fundamental a la educación contemplado en el artículo 27 de la Constitución, y coadyuvar a la conciliación de la vida laboral y familiar.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 20/07/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

Se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 1 de septiembre a 15 de octubre del presente año, siempre que la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia se produzca con anterioridad a la fecha de inicio, en caso de que ésta sea posterior el plazo será de 45 días naturales contados al día siguiente de la publicación del extracto¸ tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 20/07/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
ALGIMIA DE ALFARA
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALGÍMIA D'ALFARA
Ámbito
Valencia/València

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.