Consellería de empleo, comercio y emigración · Galicia
Orden de 15 de mayo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de empleo con apoyo, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TR342A).REG (UE) 2023/2831
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Plazo de solicitud
- Fecha límite
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Las fechas registradas en la BDNS no coinciden con las del extracto oficial. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).
Quién puede pedirla
AutónomosPymesAsociaciones
Podrán ser beneficiarias de las correspondientes subvenciones reguladas en este orden, siempre que cumplan los requisitos en ella establecidos las siguientes entidades:
- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social a las cuáles se les va a prestar apoyo.
- Los centros especiales de empleo, calificados e inscritos como tales en el registro administrativo de centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia, que suscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar personas trabajadoras con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo.
También las empresas de inserción, debidamente inscritas en el registro de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Galicia que suscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social procedentes del plantel de la misma empresa o de otras empresas de inserción.
- Las empresas del mercado ordinario de trabajo incluidas las personas trabajadoras autónomas, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia, que contraten las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social que puedan ser beneficiarias de las acciones de apoyo, siempre que cuenten en su plantilla con personas preparadoras laborales especializadas.
Cuánto se da
Para la concesión de estas ayudas se destinan cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 euros)
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 450.000 €.
Para qué es
Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2026, en el ámbito de la comunidad autónoma de Galicia, las ayudas establecidas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, a las entidades promotoras de programas de empleo con apoyo para financiar los costes laborales y de la seguridad social derivados de la contratación de los preparadores y de las preparadoras laborales que lleven a cabo las acciones de empleo con apoyo, tanto en el caso de nuevas contrataciones como en el caso de personas preparadoras laborales que vienen prestando servicios en la entidad (código de procedimiento TR342A).
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará a las 09.00 horas del quinto día hábil posterior al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y finalizará a las 20.00 horas del 30 de septiembre de 2026.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- GALICIA
- Órgano
- CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
- Ámbito
- Galicia
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
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- Autónomos, Pymes, Emprendedores
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- Autónomos, Pymes
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- 9.500.000 €
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- Autónomos, Pymes
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- Fecha límite
- 30/09/2026
- Presupuesto total
- 900.000 €
- Para
- Autónomos, Emprendedores
- Ámbito
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.