Ayuntamiento de banyoles · Girona
Subvenciones para la restauración i rehabilitación de fachadas de inmuebles de banyoles 2026
Abierta (según la BDNS)hasta el 31/12/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 31 de diciembre de 2026
Este plazo sale de las fechas que el organismo registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones; no lo hemos podido confirmar en el texto del extracto oficial.
Quién puede pedirla
ParticularesAutónomosPymesAsociaciones
Las personas físicas o jurídicas, con o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios y comunidades de bienes, de viviendas y edificios destinados mayoritariamente a un uso residencial, situados dentro del término municipal de Banyoles, con título de dominio o cualquier otro derecho que les permita realizar las actuaciones y cumplir con las obligaciones que se establecen en las correspondientes bases. Cuando sea procedente se tendrá que acreditar la autorización expresa del propietario para la ejecución de las obras.
Cuánto se da
El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 5.000 €, que irán con cargo a la partida 2026.23.15200.78001 Vivienda. Subvención acondicionamiento fachadas.
En caso de que la concurrencia de beneficiarios agote el crédito presupuestario previsto, el Ayuntamiento podrá ampliar el importe máximo detallado anteriormente mediante la modificación presupuestaria correspondiente hasta un máximo de 7.000,00 € en conformidad con el establecido al artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
La cuantía de la subvención podrá llegar al 20 % del presupuesto elegible con un límite máximo de subvención de 1.500,00 €. En cualquier caso no se podrán otorgar subvenciones por importe superior a la consignación presupuestaria disponible.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 5.000 €.
Para qué es
La presente convocatoria tiene por objeto el otorgamiento de subvenciones destinadas a estimular y fomentar las iniciativas de restauración y rehabilitación de fachadas del parque inmobiliario privado en el municipio de Banyoles, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal.
De acuerdo con las bases específicas podrán ser objeto de subvención los gastos derivados de la realización de obras de restauración, rehabilitación y/o mejora de las condiciones de uso, seguridad o estética de las fachadas de los edificios destinados mayoritariamente a uso residencial y viviendas privadas subvencionables (incluye la intervención en los paramentos verticales, cuerpos y elementos salientes), siempre que cumplan los siguientes requisitos:
La antigüedad del edificio, según Catastro, tiene que ser igual o superior a 25 años.
Las obras tienen que ser de restauración, rehabilitación y/o mejora (no son subvencionables las ampliaciones, ni la obra nueva).
Las actuaciones en fachada tienen que englobar la totalidad de la misma (no se admitirán intervenciones parciales que no afecten a todas las plantas). En caso de edificios que constituyan unidad de fachada, la intervención tiene que tener en cuenta la totalidad de los inmuebles afectados.
No pueden acogerse a la subvención que regulan las presentes bases los edificios que se encuentran en situación de fuera de ordenación, ni las actuaciones sobre edificios industriales.
Las obras tienen que disponer de la correspondiente licencia o título administrativo que habilite su ejecución en vigor, otorgados o presentados durante el año en curso o bien que la tramitación sea simultánea. Excepcionalmente y por motivos justificados se podrá admitir que las licencias o los títulos habilitantes se hayan otorgado durante el año inmediatamente anterior a la correspondiente convocatoria.
Concretamente se incluyen las siguientes actuaciones:
Pintar fachadas.
Rehabilitación y restauración de fachadas.
Obras de mejora y adecuación de fachadas a la normativa vigente.
Mejora de los acabados de las paredes medianeras visibles desde la vía pública.
Obras de reposición o recuperación de los capiteles en aperturas geminadas de carácter histórico, respecto de las cuales se pueda demostrar su existencia anterior con formación de columnas y capiteles, dentro del ámbito del Plan Especial del Casco antiguo de Banyoles; así como otros elementos de fachada incluidos en el Catálogo de Patrimonio de Banyoles.
Quedan expresamente excluidas las actuaciones que representen el vaciado estructural del edificio o el derribo de fachadas.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
Por las características de este programa las solicitudes de subvención se podrán realizar a lo largo de todo el ejercicio, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona y sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente.
La presentación de las solicitudes se hará mediante el modelo normalizado que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyoles, adjuntando la documentación que establece el artículo 5 de las correspondientes bases reguladoras.
Las subvenciones concedidas se tendrán que justificar en el plazo y en la forma indicados en las bases reguladoras.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- BANYOLES
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE BANYOLES
- Ámbito
- Girona
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial (documento de la BDNS)
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial (documento de la BDNS)
Título oficial: SUBVENCIONES PARA LA RESTAURACIÓN I REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE INMUEBLES DE BANYOLES 2026
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- Para
- Particulares, Asociaciones
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.