Ayuntamiento de burjassot · Valencia/València
Tercera convocatoria concesión de subvenciones destinadas a las prestaciones económicas individualizadas en materia de servicios sociales (peiss) ejercicio 2026.
Abierta (según la BDNS)hasta el 18/12/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 18 de diciembre de 2026
Este plazo sale de las fechas que el organismo registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones; no lo hemos podido confirmar en el texto del extracto oficial.
Quién puede pedirla
Particulares
Los requisitos para poder beneficiarse de las prestaciones reguladas por la presente convocatoria son:
• Estar empadronado y residir de forma habitual en el municipio de Burjassot. Sólo en el caso de situaciones de riesgo, debidamente acreditada por los profesionales de trabajo social municipal, se podrá obviar este requisito.
• Disponer de una renta de la unidad de convivencia no superior a la que se establezca en el Anexo I de esta convocatoria, exceptuando las que se rijan por el baremo de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas; y las Ayudas Familiares, dirigidas a la Alimentación de Menores en situación de Riesgo o Exclusión Social (becas de comedor escolar), que se regirán por el criterio de puntuación de corte de la convocatoria vigente en cada ejercicio.
• Tener valorada la situación de necesidad e idoneidad social para la prestación solicitada por los profesionales de Trabajo Social municipales.
• No disponer de ningún otro tipo de ayuda o beneficio para el mismo fin concedida por organismo público o privado.
• Que la resolución de la prestación solicitada no sea competencia institucional de organismos públicos distintos al ayuntamiento de Burjassot.
• En el caso de separación o divorcio, reclamar cualquier pensión compensatoria y/o de alimentos a la que se pudiera tener derecho, en caso de incumplimiento, reclamar judicialmente los derechos económicos que correspondan.
• No tener pendiente justificaciones de ayudas concedidas con anterioridad.
Exclusiones:
• No podrán beneficiarse de les prestaciones reguladas en esta convocatoria las personas que se hayan beneficiado de ayudas concedidas por otras instituciones, siempre que sean de la misma naturaleza, alcance y finalidad. En casos excepcionales se podrán atender solicitudes subvencionadas por otras administraciones, siempre que la subvención sea inferior al 100% y se estime la necesidad de complementarla.
• No se podrán conceder las prestaciones reguladas en la presente convocatoria cuando la persona solicitante o cualquier miembro de la unidad de convivencia, tengan en propiedad bienes muebles o inmuebles que, por sus características, valoración, posibilidades de venta o explotación, permitan apreciar la existencia de medios.
• Quedan explícitamente excluidas de las prestaciones económicas individualizadas las solicitudes que se encuentren en los siguientes casos:
1. Aquellas cuya resolución sea competencia institucional de otros organismos públicos diferentes al Ayuntamiento de Burjassot.
2. Adquisiciones o acciones efectuadas o ejecutadas con anterioridad a la solicitud de la ayuda. No obstante, se podrán contemplar situaciones excepcionales debidamente justificadas. […]
Cuánto se da
El importe de la presente convocatoria de ayudas irá a cargo de la partida presupuestaria 2310/48000, “AYUDAS SERVICIOS SOCIALES” por un importe de 281.838,63 €.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 281.839 €.
Para qué es
Es objeto de la presente convocatoria regular el procedimiento para la concesión de diferentes prestaciones económicas individualizadas en materia de Servicios Sociales, en sus diferentes modalidades, que otorga el Ayuntamiento de Burjassot, de forma cofinanciada con la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, a aquellas personas que residen en la localidad, bien a instancias de parte o de oficio, cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen.
Por materia de prestaciones económicas individualizadas se han de entender, aquellas ayudas dirigidas a individuos o unidades de convivencia, con el fin de contribuir a la atención de situaciones gravemente deterioradas, de urgente necesidad, o donde se produzcan graves y específicos problemas, que afecten a la autonomía personal, social, cultural o económica, y que no puedan resolverse con recursos o medios económicos propios.
Se podrán otorgar con carácter periódico o cuando se trate de servicios esporádicos y adquisiciones puntuales por una sola vez en el ejercicio económico o durante el período que consta en las bases reguladoras.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo de presentación de solicitudes será hasta la publicación de la siguiente convocatoria.
LUGAR: las solicitudes se presentarán de forma preferente, por registro general de
entrada del Ayuntamiento de Burjassot en el horario de Atención.
Del mismo modo, se podrán presentar en el Centro Municipal de Servicios Sociales Zona 1 sito en la Plaza Gómez Ferrer nº 4 y en el Centro Municipal de Servicios Sociales Zona 2 sito en calle Isaac Peral nº 67.
- Horario de mañana: de lunes a viernes de 9 a 14h
Pudiéndose presentar igualmente en cualquiera de las formas establecidas en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que no puedan ser valoradas en la presente convocatoria y reúnan los requisitos para ser beneficiarios de la ayuda, serán valoradas e incluidas en la siguiente convocatoria.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- BURJASSOT
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT
- Ámbito
- Valencia/València
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
Título oficial: TERCERA CONVOCATORIA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS INDIVIDUALIZADAS EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES (PEISS) EJERCICIO 2026.
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- Presupuesto total
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- Particulares
- Ámbito
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.