Secretaría general de la presidencia · Castilla-La Mancha

Resolución de 18/09/2026, de la Vicepresidencia Primera, por la que se publica la ampliación del crédito presupuestario previsto en la Resolución de 06/03/2026, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejer…

Abiertahasta el 31/12/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
31 de diciembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

ParticularesAsociaciones

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas empadronadas en Castilla-La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla-La Mancha, que presenten proyectos o actuaciones incardinados en los supuestos establecidos en el artículo 1 del Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Texto literal del extracto publicado en el DOCM el 13/03/2026

Cuánto se da

El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones previstas para la presente convocatoria asciende a un total de 3.312.156 euros.

En la anualidad 2026, a través de las partidas presupuestarias 1104.112A.46010, 1104.112A.48010, 1104.112A.76010 y 1104.112A.78010, por unos importes máximos de 900 euros, 150.000 euros, 2.000.994 euros y 332.223 euros, respectivamente.

En la anualidad 2027 las mencionadas partidas se dotan con 300 euros, 50.000 euros, 666.998 euros y 110.741 euros, respectivamente.

La cuantía máxima por cada subvención y para un mismo beneficiario no podrá exceder de 50.000 euros en el mismo ejercicio presupuestario.

Texto literal del extracto publicado en el DOCM el 13/03/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 4.312.156 €.

Para qué es

Su objeto es la concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público o social, de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, relativos a las siguientes materias:

a) Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes.

b) Proyectos o actuaciones de cooperación regional que tengan un carácter excepcional y que promuevan el desarrollo económico y social.

c) Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.

d) Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones de carácter excepcional, en que se acrediten razones de interés público, social, e conómico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.

Texto literal del extracto publicado en el DOCM el 13/03/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y finalizará el 31 de diciembre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el DOCM el 13/03/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
CASTILLA-LA MANCHA
Órgano
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Ámbito
Castilla-La Mancha

Título oficial: Resolución de 18/09/2026, de la Vicepresidencia Primera, por la que se publica la ampliación del crédito presupuestario previsto en la Resolución de 06/03/2026, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejer

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.