Consellería de empleo, comercio y emigración · Galicia
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).
Abiertahasta el 05/10/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 5 de octubre de 2026
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Particulares
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas:
1. Las personas emigrantes nacidas en Galicia y residentes en alguno de los países de América para los cuales el Estado español tenga fijada una base de cálculo para la prestación por razón de necesidad en el año anterior al de la convocatoria.
2. Los/as hijos/as de aquellas que residan en alguno de los países América arriba indicados siempre que tengan la nacionalidad española y se encuentren vinculados/as con cualquier ayuntamiento gallego en el Padrón de españoles residentes en el exterior (PERE) desde, por lo menos, 3 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud.
3. Para el supuesto de situaciones de emergencia que incidan en las condiciones de salud, provocando gastos extraordinarios de carácter sanitario o asistenciales al solicitante, podrán ser perceptores también los descendientes de emigrantes gallegos hasta el segundo grado por consanguinidad que cumplan las mismas condiciones del número anterior.
Cuánto se da
1. La concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.05.312C.480.0, código de proyecto 2015 00034, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, por importe de setenta y cinco mil euros (75.000 €).
2. La cuantía de las ayudas de emergencia social por persona beneficiaria no podrá ser inferior a 500 € ni exceder de los 3.000 €.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 75.000 €.
Para qué es
Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas de emergencia social y proceder a su convocatoria para el año 2026, con la finalidad de otorgar una prestación económica única a personas emigrantes de nacionalidad española y origen gallego residentes en América con escasos recursos, y a sus descendientes, para atender situaciones de imperiosa necesidad derivadas de circunstancias extraordinarias sobrevenidas en los últimos 12 meses (código de procedimiento PR935A).
En concreto, dicha prestación va dirigida a cubrir gastos específicos para aliviar las carencias que afectan a estos tres ámbitos principales:
1. Las condiciones básicas de subsistencia: alimentación, cuidados personales esenciales, educación…
2. Las condiciones de vivienda: deterioro grave, falta de equipamiento o dotaciones esenciales.
3. Las condiciones de salud y bienestar social: necesidades acuciantes de carácter sanitario o asistencial.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a las 9.00 horas del quinto día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, comenzará el día hábil siguiente.
Este plazo finalizará el 5 de octubre de 2026, a las 20.00 horas, sin que en ningún caso pueda ser inferior a un mes.
Santiago de Compostela, 27 de enero de 2026
Antonio Rodríguez Miranda
Secretario xeral da Emigración
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- GALICIA
- Órgano
- CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
- Ámbito
- Galicia
- Anexos (documento de la BDNS)
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
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