Servicio gallego de salud (sergas) · Galicia
Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan por el procedimiento anticipado de gasto ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para las entidades privadas sin ánimo de lucro con el fin de realizar programas de incorporación so…
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Plazo de solicitud
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Las fechas registradas en la BDNS no coinciden con las del extracto oficial. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).
Quién puede pedirla
Asociaciones
1. Para ser beneficiaria de las ayudas publicadas en esta orden deberán acreditarse
los siguientes requisitos:
a) Ser una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Entidades
Colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas creado por el Decreto 74/2002, de 28 de
febrero.
b) Ser titular o responsable de una vivienda de apoyo a la incorporación social de
pacientes estabilizados/as en las unidades asistenciales de drogodependencias.
Este recurso deberá estar abierto todos los días del año, sin excepción.
c) Acreditar el desarrollo de programas de incorporación social dirigidos al colectivo
de personas drogodependientes durante el año anterior a la anualidad de esta
convocatoria, para lo que aportará la memoria de actividad de dicho año. Dicha memoria
deberá ajustarse a lo indicado en el artículo 8 punto c) del Decreto 254/2011, de 23 de
diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e
inspección de servicios sociales en Galicia.
d) Ajustarse a lo establecido por la Orden de 25 de enero de 2008, de la
Vicepresidencia de Igualdad y del Bienestar, por la que se regulan los requisitos
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específicos que deben cumplir los centros de inclusión y emergencia social, para los
centros de acogida e inclusión que desarrollan programas de apoyo social a procesos
terapéuticos y estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios
Sociales (RUEPSS), regulado en la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales
de Galicia.
e) Estar autorizada, desde un año antes a la presente convocatoria, por el servicio
correspondiente de la Consellería de Política Social e Igualdad, según el Decreto
254/2011, de 23 de diciembre, como centro de acogida-apoyo social a procesos
terapéuticos.
f) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma
de Galicia o, de ser el caso, contar con domicilio social en ella y comprometerse a
desarrollar las actividades subvencionadas en viviendas próximas a la población donde
exista unidad asistencial de drogodependencias.
2. Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones que les sean exigibles
de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
3. Todos los requisitos deberán acreditarse en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el período de ejecución del
programa subvencionado.
Cuánto se da
Para la financiación de estas ayudas está previsto un crédito de douscentos sesenta e
nove mil seiscentos sesenta e cinco euros (269.665€) con cargo a la aplicación
5001.413A.481.21 e código de proxecto 20140027, de los presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, y quedan las resoluciones en el
momento de su concesión condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente
en la aplicación presupuestaria señalada.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 269.665 €.
Para qué es
Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan por el
procedimiento anticipado de gasto ayudas, en régimen de concurrencia competitiva,
para las entidades privadas sin ánimo de lucro con el fin de realizar programas de
incorporación social en viviendas para pacientes estabilizados en las unidades
asistenciales con especialización en drogodependencias de la Comunidad Autónoma de
Galicia, para el año 2026 (código de procedimiento SA462B).
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día
siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Dicho plazo se
deberá computar de conformidad con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- GALICIA
- Órgano
- SERVICIO GALLEGO DE SALUD (SERGAS)
- Ámbito
- Galicia
- Anexos orden viviendas 2026-cast (documento de la BDNS)
- Anexos orde vivendas 2026-gal (documento de la BDNS)
- Texto en otra lengua de la convocatoria (documento de la BDNS)
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
Título oficial: Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan por el procedimiento anticipado de gasto ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para las entidades privadas sin ánimo de lucro con el fin de realizar programas de incorporación so
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