Dirección general de servicios sociales, infancia y familia · Extremadura

Subvención 2026, Sector Agrícola, para incorporación social/laboral de menores/jóvenes cumpliendo o cumplido medidas judiciales, por Resolución de 14 de noviembre de 2025

Abiertahasta el 30/11/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de noviembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

AutónomosPymes

1. Las personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones serán:

a) Empresas privadas legalmente constituidas, y que ejerzan su actividad

económica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de

Extremadura, dentro de este concepto se recogen las siguientes

tipologías:

1. Sociedades mercantiles.

2. Sociedades cooperativas.

3. Comunidades de bienes.

4. Los empresarios y las empresarias que bajo la forma de persona física

estén dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.

b) Ayuntamientos, mancomunidades y otras entidades locales territoriales

de la Comuni¬dad Autónoma de Extremadura.

c) Entidades del Tercer Sector.

2. Las personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones deberán

cumplir los siguientes requisitos:

¿ No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el

artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de

la Comunidad Autónoma de Extre¬madura.

¿ Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros oficiales

correspondientes, que el puesto de trabajo objeto del contrato

subvencionado radique en la Comunidad Autó¬noma de Extremadura y esté en

situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad

Social que corresponda a las provincias de Cáceres y Badajoz

¿ Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales

y tributarias con el Estado, la Seguridad Social y con la Hacienda de la

Comunidad Autónoma de Extrema¬dura con carácter previo al pago de la

ayuda concedida.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 05/12/2025

Cuánto se da

1. El importe total de esta convocatoria para el fomento de la

contratación a jornada completa o a tiempo parcial de menores o jóvenes

que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad

con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la

responsabilidad penal de los menores es de doscientos veinte mil euros

(220.00,00 euros) que serán financiadas con cargo al proyecto de gastos

20230157, “Ayudas de inserción social y laboral de menores y jóvenes que

pertenecen o hayan pertenecido al sistema de menores infractores”.

2. La presente convocatoria está financiada con cargo al Fondo Social

Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, Objetivo Político 4: Una Europa más

social mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales,

dentro de la Prioridad 2 ” Inclusión social y lucha contra la pobreza”,

Objetivo Específico 2H “Fomentar la inclusión activa al objeto de

promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la

participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los

grupos desfavorecidos”, cofinanciado con un porcentaje del 85%.

El periodo subvencionado coincidirá con el ejercicio presupuestario del

año 2026.

3. Publicado el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se

fija el salario mínimo interprofesional para 2025 (B.O.E nº 37 de 12 de

febrero) la cuantía de la ayuda será de 16.576,00 euros brutos anuales.

No obstante, si durante la vigencia de la presente convocatoria el

Gobierno publicara una nueva actualización del salario mínimo

profesional, la cuantía de la ayuda se modificará de acuerdo con el

salario mínimo interprofesional que al efecto se apruebe, tal y como

establece el artículo 7 del Decreto 52/2024 de 11 de junio

4. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de

existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las

obligaciones derivadas de la misma en el ejercicio 2026, de acuerdo con

lo dispuesto en la Regla 69 de la ORDEN de 17 de diciembre de 2020 por

la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de

Extremadura (D.O.E. nº 244, de 21 de diciembre de 2020).

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 05/12/2025

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 15.876 €.

Para qué es

Aprobar la convocatoria pública correspondiente al año 2026, para

fomentar la creación de empleo, mediante la incorporación al mercado

laboral de menores y jóvenes que presenten especiales dificultades para

acceder y mantenerse en el mercado laboral a través de su contratación,

siempre que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que estén cumpliendo o que hayan cumplido medidas judiciales al

amparo de la Ley Or-gánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la

responsabilidad penal de los menores, siempre que no hayan transcurrido

más de doce meses desde su finalización.

b) Tener una edad comprendida entre los dieciséis y los veintitrés años.

c) Presentar especiales dificultades para acceder y mantenerse en el

mercado laboral.

d) Provenir del itinerario de inserción sociolaboral “Programa Construye

tu Futuro” y ser propuestos, a través de un informe que acredite tal

extremo, por los Equipos Técnicos responsables de la integración

sociolaboral de los mismos del sistema de atención a menores en

conflicto con la ley.

La concesión de subvenciones para fomentar la creación de empleo,

mediante la incorpo¬ración al mercado laboral de menores y jóvenes, irá

destinada a subvencionar aquellos pri¬meros contratos de trabajo

celebrados con menores o jóvenes que estén cumpliendo o que hayan

cumplido medidas judiciales, siempre que anteriormente no hayan sido

contratados por ninguna empresa o entidad. Quedan incluidos igualmente

dentro de estas subvencio¬nes, los contratos de trabajo inferiores a

seis meses que hayan finalizado por causa ajena al menor o joven.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 05/12/2025

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la

publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la

resolución de convocatoria y del presente extracto, finalizando el 30 de

noviembre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 05/12/2025

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
EXTREMADURA
Órgano
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA
Ámbito
Extremadura

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.